martes, 13 de enero de 2009

AL AYUNTAMIENTO DE ALICANTE


……………………………………………………………conD.N.I. nº ……………..con domicilio a efectos de notificaciones en……………………………………………….. TF. Nº ………………………….y los abajo firmantes, todos ellos miembros de la Plataforma de Iniciativas Ciudadanas (PIC), de la Asociación de Amigos de los Humedales del Sur de Alicante, de la Plataforma en defensa del Puerto, del Consell de la Jouventud d´Alacant y como ciudadanos particulares, ante el Ayuntamiento de Alicante EXPONEN:

Que con fecha 17 de Octubre de 2008 aparece publicado en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento del día 15 de Octubre de 2008, de sometimiento a información pública del Plan General revisado, presentando al efecto las siguientes

A L E G A C I O N E S


PRELIMINAR. Consideraciones Generales y valoración global sobre el documento de revisión del Plan General.

Un documento político bajo sospecha
No es imposible descubrir en el proyecto algunas buenas intenciones, como las referidas a una mejor protección del patrimonio histórico-artístico o la defensa nominal de una ciudad compacta. Sin embargo tales aspectos positivos contrastan con el desarrollo real de la ciudad en los años anteriores y, más allá de algunas consideraciones técnicas concretas, es perfectamente lógico desconfiar de quien ahora defiende determinados postulados cuando en el periodo precedente actuó de manera contradictoria con el modelo que ahora aparentemente preconiza, sin haber reconocido el mínimo error o cambio de tendencia en la gestión. No es casualidad que el PGOU haya sido “cosa de dos”: la Alcaldesa y el Redactor del proyecto: ella ha tratado de esconderse tras el técnico y, a la vez, de difundir la idea de que nos encontramos ante un “documento profesional” en el que los principios, valores y objetivos políticos no aparecen: esa “despolitización del urbanismo” es, en sí misma, una manifiesta opción política fuertemente conservadora.
Como se ha manifestado desde diversas perspectivas, el Proyecto está siendo difundido –“vendido” propagandísticamente- pero se elaborado casi sin participación. Incluso vulnerando algunas normas, en el proceso de redacción no se ha tenido en cuenta la opinión de colectivos ciudadanos, profesionales, etc., aunque sí, al parecer, fue previamente conocido por algunos empresarios. Esta falta de una verdadera participación pública es una de las principales debilidades de la revisión del PGOU. Y tanto más cuando el Documento es enormemente complejo por su densidad, pero también por haberse limitado, en muchas ocasiones, a yuxtaponer textos sin conexión lógica entre sí. Igualmente se ha confundido torticeramente lo exigido legalmente sobre mecanismos de participación con la presencia de documentos realizados sin atenerse a esos procedimientos, como sucede con el Estudio de Paisaje o el de Sostenibilidad Ambiental, que han obviado las prescripciones legales sobre participación. También se echa en falta el cumplimiento de la obligación legal de incluir entre la documentación un “resumen ejecutivo” de las alteraciones de planeamiento, para facilitar su estudio.

Además se da la asombrosa –e ilegal- circunstancia de que en el Acuerdo de la exposición pública del Plan no se suspendieron las licencias -aparte de las discotecas en el Centro- y acuerdos de programación que pudieran ser contradictorios con el nuevo Plan. Es como si los responsables no se creyeran demasiado lo que están proponiendo. Incluso podría pensarse que establecen así un aviso a navegantes para que se apresuren a realizar actuaciones antes de que el Plan entre en vigor. Nada hace prever que las alegaciones que impliquen un cambio de rumbo en el urbanismo local serán atendidas, ya que no está habiendo un auténtico proceso de diálogo en torno a esos temas. Por otro lado no es descartable que, por diversas vías, se introduzcan otras alegaciones que desvirtuaran lo que de positivo pueda tener el Proyecto. Es imposible conocer la intensidad de estos cambios, pero habría, en su caso, que estudiar la petición de un segundo periodo de exposición pública.

En cualquier caso no cabe duda de que nos encontramos ante un documento presidido por una gran paradoja: tras muchos años de espera, ha sido redactado con una precipitación formidable y al redactor se le han impuesto una gran cantidad de aspectos sin la debida reflexión. Sospecha y chapuza política son, así, las dos primeras valoraciones posibles.

Un documento para una ciudad aislada

Con independencia de algunos esfuerzos de los redactores, el proyecto aparece incomunicado de realidades que comprometen de manera evidente, y creciente, el marco urbano en su conjunto. La ciudad aparece, por un lado, aislada de su entorno y, por otro, en algunos aspectos, los desarrollos se presentan fragmentariamente, sin ambicionar una respuesta global y legible para el “todo ciudadano”. Así, no existe ningún intento profundo de incardinar el PGOU con el entorno metropolitano, no están resueltas las relaciones con el Puerto y la zona litoral –más allá de algún dibujo indicativo que, en realidad, a nada obliga-, no existe una consideración global sobre las dotaciones que dieran sentido a Alicante como ciudad diferenciada en el marco de la Comunidad Valenciana o del corredor mediterráneo, etc. El PGOU, más allá de las disposiciones legales, debería ser la gran ocasión para debatir y decidir “el lugar” de la ciudad en un mundo cambiante y agitado. Y, desde luego, es manifiestamente absurdo que Alicante no lidere reformas que permitan establecer ese marco metropolitano esencial para su vida futura.

Un documento para una ciudad sin un futuro definido

El proyecto carece de la Memoria de Sostenibilidad Económica al que obliga la vigente Ley del Suelo. Cuando se ha preguntado por la cuestión, se han recibido evasivas que nada aclaran. Pero es evidente que concurren tres circunstancias: A) No se han tomado en consideración los Planes Estratégicos que se han propuesto y se están debatiendo por parte de diversas instituciones: siendo cierto que no están aprobados, nada hubiera costado una aproximación a las necesidades que allí se detectan y a algunas recomendaciones que van perfilándose. B) Es un proyecto que no ha integrado las nuevas realidades y condicionantes que impone una crisis que alterará gravemente las evolución del empleo. C) La reserva de suelo industrial que se efectúa es positiva, pero, por sí misma, no supone un activo decisivo para la atracción de empresas de alta cualificación tecnológica.

Desde estos puntos de vista el PGOU no ayudará a generar empleo en el medio plazo y, probablemente, ayudará a su destrucción potencial al liberalizar la instalación de grandes superficies, que se intenta justificar por la pretendida oposición de la UE a las limitaciones a la competencia, argumento que no se sostiene: dejando de lado el elevado número de grandes superficies con las que ya cuenta Alicante, la tesis, llevada a sus últimas consecuencias, impediría que el Ayuntamiento interviniera, con su política del suelo, en la actividad económica. En todo caso la ciudad global no aparece como un factor de competitividad, sino que permanece cautiva de un pensamiento anquilosado que sólo la contempla como territorio para la competición de los particulares, como ocasión de enriquecimiento que, en demasiadas ocasiones, ha de pasar por encima de los intereses públicos.

Un documento prisionero de la lógica del ladrillo

Los puntos indicados en los párrafos precedentes fraguan y adquieren plenamente sentido cuando se advierte que la sobredeterminación que articula todo el proyecto es el de seguir construyendo inmoderadamente, fiando a que eso seguirá siendo la principal fuente de generación de riqueza, según un modelo fracasado, principal causa y consecuencia de la actual crisis económica, que para el Plan parece no existir. Insólitamente se trata de un plan expansionista, con una reclasificación directa de 13 millones de metros cuadrados de nuevo suelo urbanizable –sin contar los 4 millones del Plan Rabassa y los sectores no desarrollados del actual Plan-, lo que ha sido considerado por la propia Consellería como un crecimiento excesivo a corto y medio plazo (informe del Servicio de Coordinación Territorial de 23.09.08). Ello niega las benévolas intenciones acerca de compactar la ciudad o de abordar la regeneración de zonas deterioradas, pues, más allá de algunas medidas técnicas paliativas, sigue dibujado como objetivo del PGOU facilitar al máximo la construcción. No es casualidad que se falsifique la realidad al hablar del Plan Rabassa como PAI “en ejecución”, cuando es obvio que ni siquiera está aprobado definitivamente; que incluya un Plan de la Condomina -Torres de la Huerta- con más viviendas prevista que en Rabassa, que, además, acaba con la posibilidad de rescatar algún pedazo de los antiguos cultivos de la huerta tradicional y del patrimonio histórico y etnológico asociados a ella; que prepare el camino para acabar con partidas rurales; que acepte las alturas excesivas en la Sangueta que afectarán a su paisaje urbano y al hito de la Serra Grossa o que no impugne las construcciones enormes previstas en la zona del soterramiento de Renfe. Y, desde luego, no hay un estudio global de alteraciones posibles en el paisaje urbano con el impacto de esas obras y otras, como la Torre de Comunicaciones o un presunto teleférico al Benacantil.

En cuanto a los "parques naturales" –concepto del que, por cierto, ha desaparecido el término “públicos” que existe en la ley reguladora- que se presentan como el gran éxito del proyecto, al prever 12 millones de metros cuadrados de zonas verdes, en realidad se trata de una obligación legal y una reclasificación encubierta, que consolida el modelo desarrollista y depende de él: hay que ceder por cada metro cuadrado nuevo que se recalifica el equivalente ponderado para parque natural, o sea, que si no se desarrollan las grandes actuaciones urbanísticas del PGOU no habrá parques naturales, que, además, son zonas que luego el Ayuntamiento deberá reconvertir y mantener, ya que los propietarios sólo ceden el suelo a cambio de edificabilidad en otro lugar, pero no urbanizan el parque: ¿de dónde y cuándo sacará el dinero el Ayuntamiento? Se ignora, porque, entre otras cosas, como ya se ha dicho, no se aporta el obligatorio informe de sostenibilidad económica.

Por otra parte en el proyecto encontramos numerosos y significativos ejemplos de predeterminación de futuras recalificaciones –por ejemplo en zonas de actuales partidas rurales-, más allá, incluso, del horizonte temporal del Proyecto o a través de futuros PAIs fuera de ordenamiento, aprovechando el trazado –a menudo incomprensible si no se hace desde esta lógica- de algunas infraestructuras de transporte.

Un documento que hace trampas con el tiempo

Es obvio que el PP ha dispuesto de años de bonanza económica para presentar un PGOU en mejores condiciones y que, si no lo ha hecho, ha sido por una mezcla de incompetencia y de deseo de perpetuar una cierta “ley de la selva” que favorecía algunas prácticas de promoción urbanística muy características. Lo dicho anteriormente, pues, puede entenderse políticamente como la cuadratura del círculo, como el compromiso entre aprobar un PGOU que actúe bajo las mismas reglas desestructuradas y que, a la vez, sirva para salvar la cara al PP, al borde de la ilegalidad por su atraso. La varita mágica, el artefacto para permitir la trampa, consiste en la duración del PGOU propuesto, que es de 25 años, basándose en un estudio demográfico más que dudoso. En realidad esa cifra se desliza solapadamente en la Memoria Justificativa, aunque ha sido reiterada, machaconamente repetida, en los actos de promoción del proyecto, por su redactor y la Alcaldesa.

La legislación vigente pide que el PGOU se elabore para un mínimo de 10 años, y dadas las actuales circunstancias socioeconómicas parece más razonable que esa sea la cifra de cálculo. Baste recordar que el anterior PGOU, que había quedado obsoleto, entró en vigor en 1987, o sea, hace 19 años. Causa estupor pensar que se pretende ahora planificar la ciudad para un cuarto de siglo, que coincide con la primera crisis de la globalización, cuyos efectos sobre la inmigración, el tipo de economía o el medio ambiente ignoramos casi completamente. Hablar de 25 años, en estas circunstancias, es tanto como hacer un documento por tiempo indefinido que, por lo tanto, pervierte sus propias intenciones, ya que, cuando se plantean objeciones sobre el territorio a construir, el número de viviendas o las relaciones con el entorno, inmediatamente se escucha la replica de que 25 años dan para mucho… ¡Y tanto! Dan, exactamente, para que el desarrollo concreto y real de la ciudad construida vaya haciéndose desde fuera de las instituciones públicas, primando los intereses coyunturales y privados sobre los colectivos. Y dan para las mejores excusas para aplazar sine die la realización de las propuestas sensatas y urgentes, como las relativas a dotaciones en la ciudad consolidada que, sin embargo, están clamorosamente ausentes de este Proyecto.

Por todo ello nuestra valoración global del Proyecto de PGOU es manifiestamente negativa.

Tras estas consideraciones generales, se concretan las siguientes alegaciones:

PRIMERA. Deficiencias en el proceso de participación pública.

Hace mas de dos años la PIC hacía el siguiente análisis : “Desde hace años se aprecia en Alicante un declive urbano más que preocupante. La entrega de la ciudad a los intereses inmediatos del mercado inmobiliario ha provocado unos efectos nocivos de gran calado, entre los que podemos destacar:
•Destrucción del tejido urbano con construcciones dispersas, ausencia de puntos de referencia en las zonas de expansión o deterioro acelerado del Centro.•Crecimiento de la dualidad urbana: la ciudad refleja e incrementa las desigualdades sociales y tiende a generar las condiciones para la aparición de guetos.•Decadencia de una política democrática basada en proyectos estratégicos claros y desarrollados con transparencia y criterios de sostenibilidad o solidaridad.•Ausencia de un modelo económico de futuro.

Todo ello se ha manifestado también en el crecimiento desordenado de la ciudad al margen de las previsiones de un PGOU desfasado y cuya nueva redacción ha atravesado por múltiples avatares y que aún presenta muchas incertidumbres. Por todo ello consideramos urgente la redacción del proyecto definitivo de PGOU para acabar con las especulaciones sobre el mismo y permitir un nuevo curso al urbanismo en la ciudad de Alicante”.

Sin embargo señalábamos también que “La urgencia en la aprobación del PGOU no debe servir de excusa para restringir su debate. Exigimos que el proceso de discusión sea abierto e intensamente participativo, debiendo disponer el Ayuntamiento de mecanismos flexibles que incentiven el conocimiento del proyecto, sus implicaciones reales y la presentación de alternativas por parte de la sociedad civil. Todo ello en consonancia con los compromisos asumidos por el propio Ayuntamiento en la Agenda 21 así como las obligaciones específicas del Convenio de Aarhus, firmado por los Estados de la UE”.

La participación pública en la elaboración del Plan General debe ser mas amplia que la mera información pública.
De especial interés son el Convenio internacional sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente, hecho en Aarhus (Dinamarca), el 25 de Junio de 1998, publicada su ratificación en el BOE de 16 de Febrero de 2005 y la Ley 27/2006, de 18 de Julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública (art. 16) y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE). A estos efectos se entiende “medio ambiente” en sentido amplio, incluyendo la ordenación del territorio rural y urbano y utilización de los suelos, por lo que son aplicables al Plan General.

El informe de evaluación ambiental estratégica, regulado por la Ley 9/2006, de 28 de Abril sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente (art. 10 consultas) y el Estudio de Paisaje, regulado por el Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana (Decreto 120/2006), implican también una activa participación pública en la elaboración de documentos esenciales anejos al PGOU, que en el actual procedimiento ha sido obviado o adulterado al superponer distintas fases.

La propia Ley Urbanística Valenciana (LUV), en su art. 6, regula la “participación de los particulares”, y establece el deber a los Ayuntamientos de “establecer cauces de participación de los ciudadanos, además de los trámites de información pública, en las decisiones que afecten a la ordenación y ejecución de los planes y proyectos con incidencia en el territorio, cuya promoción les corresponda y el art. 550 del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística (ROGTU), y el derecho de los ciudadanos “a la participación efectiva en los procedimientos de aprobación de cualesquiera instrumentos de planeamiento espacial, información medioambiental o de planeamiento de carácter temporal, económico y de gestión, así como a la presentación de alegaciones, observaciones, propuestas, reclamaciones y quejas”. Mas concretamente el art. 564 del ROGTU establece un trámite de audiencia adicional (en referencia al artículo 10.3 de la Ley de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje):
“1. Cuando la importancia del proyecto, programa o plan, o la repercusión del mismo transcienda del ámbito meramente administrativo, la Administración responsable de la tramitación, desde el inicio de la elaboración del documento, arbitrará canales de participación tales como talleres, mesas, jornadas, encuentros, u otros análogos que permitan la exposición de la administración y de los particulares promotores del proyecto y la formulación por los ciudadanos de sus consideraciones al proyecto. Estos canales de participación deberán convocarse, al menos una vez, cuando la administración o particular promotor haya definido las determinaciones estructurales del mismo.
2. El contenido y las conclusiones de la participación expresada en el apartado anterior serán plasmados por funcionario con fe pública e incorporado al expediente que se tramite.
3. La organización de los canales de participación previstos en el presente artículo se realizará a costa de la administración actuante, debiendo darse a conocer su realización a los ciudadanos en los mismos términos que los previstos en el presente Reglamento para la información pública de los instrumentos de planeamiento urbanístico y territorial. Debiendo convocarse individualmente a los representantes de los colectivos de la población residente en el ámbito territorial del correspondiente documento”.

No es este el trámite que se ha seguido, ni siquiera el diseñado por el propio Plan de Participación Pública que plantea con mucho sentido que “El público tenga derecho a expresar observaciones y opiniones cuando estén abiertas todas las posibilidades, antes que se adopten decisiones sobre el Plan…”, lo que evidentemente no ha sucedido.

En definitiva, deficiencias formales al margen, lo que se echa en falta es un gran debate ciudadano promovido por el propio Ayuntamiento, en el marco de una democracia participativa, sobre el modelo de ciudad. En lugar de esto se han producido sesiones de divulgación de un Plan cerrado y decidido en todos sus aspectos, sin debate alguno. No se reconoce el derecho a la ciudad, como derecho activo de los ciudadanos a hacer una ciudad diferente.

Por tanto se propone el inicio de un verdadero proceso de participación pública.


SEGUNDA. Ausencia de documentos preceptivos del Plan General.

El Plan se está tramitando, sin el Resumen ejecutivo exigido por el art. 11.3 de la Ley del Suelo (TR de 2008), que delimite los ámbitos y alcance de las alteraciones de planeamiento que supone el nuevo plan, lo que habría facilitado el estudio del documento y el alcance de las alegaciones, y sin el informe o memoria de sostenibilidad económica que exige el art. 15.4 de la misma Ley para ponderar el impacto de las actuaciones previstas en las Haciendas Públicas afectadas por la implantación y el mantenimiento de las infraestructuras necesarias o la puesta en marcha y la prestación de los servicios resultantes, así como la suficiencia y adecuación del suelo destinado a usos productivos.

Igualmente se está omitiendo el todavía preceptivo Estudio de Impacto Ambiental, según la legislación vigente, que no se entiende sustituido por el informe de sostenibilidad ambiental, como se indica en la propia memoria justificativa del plan (pag. 18) "Conjuntamente con la documentación del Plan General redactado, se someterá a información pública el Estudio de Impacto Ambiental, La Evaluación Ambiental Estratégica, El Estudio del Paisaje, El Catalogo de Bienes y Espacios Protegidos, El Estudio de Movilidad, Estudio de Vivienda y los Convenios Urbanísticos que se han suscrito, con motivo y en relación con la formulación y aprobación del plan, con anterioridad a la correspondiente información pública del mismo".

TERCERA. Insuficiente suspensión de licencias.
El art. 101.2 de la Ley Urbanística Valenciana señala que “El acto administrativo por el que se somete a información pública un Plan o Programa determinará, la suspensión del otorgamiento de licencias en aquellas áreas del territorio objeto del proyecto de planeamiento expuesto al público cuyas nuevas determinaciones supongan modificación del régimen urbanístico vigente, sin que sea preciso ni exigible que dicha resolución señale expresamente las áreas afectadas por la suspensión, aunque sí la adopción del acuerdo expreso de imponerla y el tipo de licencias afectadas por la suspensión”.
Es obvio que la revisión expuesta al público supone en numerosos aspectos una modificación del régimen urbanístico establecido por el Plan General vigente, lo que debería haber determinado la suspensión de licencias y acuerdos de programación al menos en los aspectos contradictorios. Al haber limitado la suspensión de licencias a las discotecas del centro, se incentiva la realización de actuaciones que van a ser contrarias al planeamiento que se pretende, por ejemplo en materia de patrimonio protegido, o la obtención de licencias de parcelación, de obras o ambientales contrarias al planeamiento previsto.
Se propone la ampliación del ámbito y efectos de la suspensión de licencias y acuerdos de programación a todos los aspectos contradictorios entre el planeamiento vigente y el propuesto.
CUARTA. Indebida inclusión del PAI “Lagunas de Rabasa”.

La propuesta de revisión considera el PAI Rabasa como UZE, es decir un sector en ejecución, pero está claro que el Plan Parcial no está definitivamente aprobado por lo que esa definición es incorrecta. Además es un hecho conocido que el PAI Rabassa ha sido y va a ser objeto de impugnación ante los Tribunales, ante la Comisión Europea y otras Instituciones, por varios organismos y entidades y por la propia Administración del Estado, y se han pronunciado en contra Instituciones tan significadas como el Síndic de Greuges y Organismos como la Confederación Hidrográfica del Júcar, lo que impedirá o dificultará extraordinariamente su desarrollo

Por otra parte se ha sostenido desde diversos ámbitos de la ciudad la conveniencia de tratar esta pieza territorial tan importante precisamente desde el Plan General. Se ha perdido por ello una buena oportunidad para resolver una polémica de años, y lo que es peor, se ha sometido al nuevo Plan General a la dinámica impuesta por el PAI de Rabassa, al darlo como un hecho consumado, y no como era lógico, al revés.
Tras el Saladar de Agua Amarga y el Saladar de Fontcalent, las Lagunas de Rabassa constituyen la tercera zona húmeda en importancia del término municipal. La vinculación de la supuesta protección de las Lagunas de Rabassa con el disparatado macro PAI que recibe el mismo nombre nos parece un completo despropósito. La urbanización prevista en el entorno de las Lagunas supondrá un impacto ambiental y paisajístico muy negativo sobre esta zona húmeda. Por ello demandamos de nuevo la inclusión de este humedal en el Catálogo de Zonas Húmedas de la Comunidad Valenciana, de modo que los terrenos incluidos en la denominada cuenca de afección (perímetro de 500 metros alrededor del humedal) se califiquen como suelo no urbanizable de especial protección. Ello supone un ámbito protector notablemente mayor que el que supuestamente se ha definido en el PAI de las Lagunas de Rabassa y que el nuevo PGOU se limita a asumir sin más.

Se propone por tanto la retirada del PAI Rabassa y que el territorio que abarca quede sometido al proceso de revisión del Plan General, en términos de sostenibilidad de conjunto.

QUINTA. El nuevo PGOU promueve una masiva e insostenible reclasificación de suelo. Los Parques Naturales. La inaceptable conversión de espacios deportivos: el Rico Pérez. La lógica del ladrillo para la estación de Renfe. Excesiva edificabilidad del sector “Torres de la Huerta” y la renuncia definitiva a la huerta alicantina.

Buena parte de los “parques naturales” deberían continuar siendo, o calificarse como Suelo No Urbanizable de especial protección, ya que través de esta figura de Parque Natural asistimos en realidad a una gigantesca reclasificación de suelo, directa respecto a estos suelos que en la práctica sería como urbanizables (ponderados al 0,7 por ciento), como indirecta al justificar una excesiva cantidad de suelo urbanizable en los sectores de planeamiento, y no responde al pretendido “cinturón verde” que se publicita, que no es tal, entre otras razones por la desconexión de estos espacios.

Reclasificación a la medida de la Unidad de Ejecución Rico Pérez

La ficha de planeamiento y gestión de esta Unidad prácticamente copia el PRI de mejora (reclasificación) presentado por el principal accionista del Hércules y al que luego renunció para esperar al nuevo PGOU. Esta operación, que no es en realidad urbanística sino deportivo-especulativa, viene fraguándose desde la privatización del Estadio Rico Pérez mediante su venta a la Sociedad propietaria del Hércules, con incumplimiento de las propias condiciones de venta que para nada preveían una recalificación de este alcance. Resulta por ello una burla que los objetivos de la ficha señalen que se trata de la “Creación de un área terciaria-comercial y mejora del campo de fútbol Rico Pérez, que sirva para paliar los déficits estructurales de equipamiento del barrio del Pla y Campoamor”. Como es obvio la ordenación obedece a objetivos completamente diferentes a los declarados e incurre de lleno, como mínimo, en desviación de poder.

(El máximo accionista del Hércules, Enrique Ortiz, ha dado marcha atrás y ha presentado un escrito en el Ayuntamiento en el que anuncia que desiste del actual proyecto de remodelación del estadio Rico Pérez. Tan importante decisión se toma, según el escrito, para esperar a la aprobación del nuevo Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), actualmente en revisión, al no "coincidir" el proyecto de remodelación del Rico Pérez con el PGOU actualmente vigente. Enrique Ortiz manifestó al respecto que para no perder tiempo se comenzará a trabajar en el nuevo proyecto en cuanto salga a exposición pública el nuevo PGOU, previsto para el próximo otoño y confía en que pueda aprobarse antes de 2010. Si Enrique Ortiz renuncia es porque considera que el camino que se había emprendido tropieza con dificultades al no ajustarse al actual PGOU, lo que obliga a modificaciones y trámites largos y engorrosos. Por el contrario, Ortiz parece convencido de que la situación cambiará radicalmente a mejor con el nuevo PGOU, cuya redacción está ya completada y deberá exponerse al público, si no hay contratiempos, el próximo otoño, según ha anunciado la concejala de Urbanismo, Sonia Castedo. El máximo accionista del Hércules confía en que el nuevo documento urbanístico de la ciudad no sólo no ponga obstáculos al ambicioso proyecto deportivo y comercial del Hércules, sino que incluso facilite su realización. En el escrito de la renuncia presentado en el Ayuntamiento ya parece que se adivina estas circunstancias al justificarse tal decisión por "estar en la actualidad el PGOU en fase de revisión y no coincidir la ordenación prevista en el vigente PGOU con la propuesta de solicitud y considerando conveniente posponer la ordenación de dicho ámbito al PGOU en revisión". Puestos al habla con Enrique Ortiz, el propietario del club alicantino dijo que la retirada del proyecto se debe a que "no vamos a hacer algo en contra del Plan General". Ortiz admitió que el proyecto tenía muy difícil viabilidad con la actual normativa urbanística de la ciudad, pero expresó su confianza en que la revisión del PGOU deje el camino expedito para el proyecto. Sin embargo, el Hércules ya presentó en abril el Plan de Reforma Interior del Rico Pérez. De éste resalta como principales novedades la ampliación del sector de 38.000 a 75.000 m2 al anexionar una parcela que prevé otra torre, la construcción de un museo, un parque, plazas subterráneas de apartamiento y más de un centenar de viviendas. Además, de los proyectos iniciales Lamela y Subarquitectura y Ene6, se mantiene la zona comercial en los bajos del estadio y una torre, que albergará un hotel y oficinas. Una idea que cuenta con el rechazo del grupo socialista, que alega discrepancias en el tiempo y en la forma. En total, más de 120 millones de euros, "que se deberá compensar" con los beneficios que dé la zona comercial. De ellos, 30 millones dedicados en exclusiva a la reforma del estadio. Desde el pasado abril, todo estaba a la espera de que el Ayuntamiento aprobara el cambio de uso de los terrenos, de zona deportiva a terciaria. Una transformación que, como ha indicado en más de una ocasión Enrique Ortiz, dará vía libre a una remodelación, que "debe ser un motivo de orgullo para los alicantinos y un hito para la ciudad" del diario Información.).

Es por ello inaceptable la conversión de espacios deportivos en suelo edificable con finalidades comerciales e inmobiliarias. Es inaceptable el extraordinario aumento de la edificabilidad en la zona y de las alturas de los edificios previstos. Es inaceptable un uso comercial ultra intensivo en la zona. Todo ello transforma negativamente el área dónde se encuentra el Rico Pérez, tiene un impacto rechazable sobre el conjunto de la ciudad y es contrario a un modelo de ciudad humanizada, guapa y sostenible contribuyendo a incrementar el malestar de sus habitantes.


La lógica del ladrillo en la Estación de RENFE

El sector UBO-5 plantea su desarrollo sobre el supuesto de una edificabilidad de 220.000 m2 de techo, residencial y terciario, con una zona verde de 12 Ha, y equipamientos, básicamente educativos de 3 Ha., alturas de 10 plantas con 2 edificios referenciales de no mas de 50 plantas.

Con ello se está embarcando a la ciudad en una lógica perversa de financiar el soterramiento con plusvalías urbanísticas que, en los próximos años al menos, van a ser inexistentes, con torres que se multiplican en número y altura hasta extremos grotescos, sin que los rascacielos respondan por sus características técnicas especiales al cálculo habitual de valores de repercusión, y que harán inviables, además, los objetivos previstos, por lo que se impone la búsqueda de otras soluciones.

Excesiva edificabilidad del sector “Torres de la Huerta” y la renuncia definitiva a la huerta alicantina.

El nuevo PGOU de Alicante pretende destruir por completo con diversas reclasificaciones de suelo el ámbito que aún resta en término de Alicante de su antigua Huerta, que en gran parte coincide con el entorno aún no urbanizado de un importante conjunto de Torres de la Huerta declaradas Bienes de Interés Cultural y que, escandalosamente, aún no disponen de un Plan Especial de Protección de su entorno aprobado ni tan siquiera de forma provisional por el Ayuntamiento.

Dicho ámbito se reclasifica por completo a urbanizable mediante tres nuevos sectores de suelo urbanizable, los sectores UZO-1 ("Las torres de la huerta", 2.450.678 m2 y 16.691 viviendas en bloques de 15 plantas), UZO-2 ("Ruaya", 527.968 m2 y 3.596 viviendas en bloques también de 15 plantas según la ficha de planeamiento del sector) y UZO-3 ("Orgegia", 318.632 m2 en los que se pretende desarrollar una zona terciaria en edificios de 4 plantas, ocupando los terrenos de una de las fincas más valiosas de la huerta de Alicante, la Finca Morote).

En total se pretenden urbanizar 3,3 millones de m2 actualmente no urbanizables para construir una gran zona terciaria y la friolera de 20.287 nuevas viviendas distribuidas en bloques de 15 plantas que van a erigirse como nuevas y agresivas "torres" en un entorno y un paisaje que supuestamente debería asociarse a la protección de diversos elementos de interés cultural, como los BICs de las Torres de la Huerta, o como las fincas Morote y San Clemente, que el PGOU confunde en su catálogo de bienes y espacios protegidos, denominando Finca Morote a la Finca San Clemente, protegiendo en realidad ésta última y no la Finca Morote.

Respecto a la Finca Morote, debe protegerse como Bien de Relevancia Local, tal y como ya ha instado de forma reiterada al Ayuntamiento la propia Consellería de Cultura, una protección que además ha de extenderse a la balsa y fuente de Orgegia y al sistema de riego tradicional asociado, que aún es utilizado en fincas como la Finca Morote.

En el Año 2002 y anteriores ya intentaron urbanizar la Huerta las empresas Cooperativa Valenciana ”Veter Herc de Alicante –Coop.V” , Hansa Urbana-Campo de Golf; Gestizor-Ortiz Desarrollos Urbanísticos, con las conocidas participaciones empresariales en cada una).
Desde entonces se han dedicado a la compra de los terrenos de la Pda. Condomina y Actualmente aparte de los terrenos que ya poseían entonces(Finca el Carmen, así se denominaba el PP que propusieron), se ha ampliado con la finca de 88.000 m2 que ocupa la Torre Conde empresas Ligadas al grupo Ortiz y otras empresa constructores.
Lo que queda de la Huerta de Alicante (pda. Condomina), de clara permanencia y vocación histórica, creemos ha de tener un tratamiento especifico y diferencial en el desarrollo de la Ciudad del siglo XXI.

No es posible que en un Plan General sin mas , convierta en suelo urbanizable tratando dicha zona como un suelo más de la ciudad sin respetar su historia y su idiosincrasia. Habría que recordar que la Huerta de Alicante, junto con la Pedanía de Santa Faz y la Huerta de San Juan, aunque ahora abandonadas en mayor parte al cultivo, han sido el referente mas emblemático de la Ciudad.
¿Saben nuestro representantes políticos que la Huerta de Alicante junto con Santa Faz, es el único referente histórico extramuros de la ciudad, que con el Plan presentado va a desaparecer?.

¿Qué es lo que queda de la huerta de Alicante?

Después de que se ejecuten Los PAU Pendientes de desarrollarse , la zona de la Huerta de Alicante, o zona verde, que todavía hoy figura en los planos económicos de distribución de riqueza agrícola, quedará reducido a unas 100-120 Has,
¿Está condenada Alicante a no tener zona de Huerta , no al estilo convencional antiguo tal como se entendía la Huerta, sino el equivalente de dicha zona en una Ciudad moderna ecológica y habitable ?

Sobre el estudio hidrológico e hidráulico: riesgo inundaciones
Un simple cálculo Hidrometereológico de Avenidas (método CEDEX 1993) para un periodo de retorno de 10 años nos resulta una precipitación día Pd(mm) de 138.647 mm. Si se tiene en cuenta la transformación del suelo previsto, actualmente suelo rústico, con una capacidad drenante tal, que en las últimas inundaciones de 1997(sep-oct) absorbió totalmente la lluvia caída en esos días sin producir avenidas de ningún tipo No ha ocurrido igual, de todos conocidas, en las últimas lluvias torrenciales de la “urbanizada “ Playa San Juan, donde las inundaciones han sido la tónica, aún con la poca pluviometría caída..

Considerado el tipo de urbanización que proponen con asfaltado de grandes avenidas y resto de viales con la parcelación que resuelte, utilizando el método racional de cálculo de avenidas, para un retorno también de 10 años , independientemente del tipo de coeficientes de escorrentía que se utilicen, superficie de la cuenca considerada, coeficiente de uniformidad, etc de valores medios, puede resultar un valor de un caudal 550 Litros/segundo.(periodo de retorno de 10 años)

Con la anterior consideración, y dada la característica topografía de la zona(prácticamente plana) que daría una insuficiente y y casi nula pendiente de las calles y avenidas (véase orografía de la zona) el RIESGO DE INUNDACIONES ESTA GARANTIZADO (véase lo ocurrido en la zona de la Condomina urbanizada próxima a la Playa de San Juan en las inundaciones de sep-oct 1997-82-2007-2008) y sin embargo en lo que era propiamente el Suelo rústico de la Pda. Condomina a las dos horas de cesar las lluvias había desaparecido los signos del agua caída(evidentemente el terreno quedó colmatado de agua)

Sobre las de repercusiones del impacto ambiental.
A juicio de los alegantes, se ha minimizado intencionadamente los efectos y sin entrar a fondo en un análisis serio y profundo, que cualquier ciudadano con un mínimo de conocimiento del medio físico, es capaz de evaluar las consecuencias de la transformación de un suelo rústico con un ecosistema propio, en zona urbana asfaltada tal como se propone.

Como simple indicación señalamos la repercusión que tendría sobre el medio ambiente.
- Cambio de temperatura de la zona aumentado en 3º-4º ( es la medida actualmente respecto a las zona urbanizadas )
- Cambio del microclima de la zona
- Desaparición de la Capacidad drenante del suelo, al convertirse 80% del suelo en zonas cubiertas o asfaltadas.

- Desaparición de la Zona de Huerta ( no por sus cultivos productivos en otros tiempos, testimonio de ello es el gran número de balsas de agua existentes en la zona y , ahora abandonados) sino por el espacio rústico-verde que queda en alicante destinado ahora a cultivos olivo, algarroba y almendro e higueras, palmeras y cítricos, además otras especies naturales que permiten el anidamiento y desarrollo de una pequeña fauna de conejos, erizos, buos y culebras, además de diversas especies de pájaros (pasarell, jilgueros tordos, etc)

Las citadas empresa constructoras, propietarias del suelo, se han dedicado en los últimos años, se han dedicado al arranque de algarrobos y olivos, para transportarlos , seguramente a otras urbanizaciones de su propiedad con el fin de degradar mas la huerta, y plantear , que la huerta ya no tiene sentido y que está degradada. Que es lo que también pretende justificar la revisión del PGOU.

Interrelación con el plan de protección de las torres de la huerta

El Plan Especial de Protección de las Torres de la Huerta de Alicante, prácticamente impide la calificación de suelo urbanizable con el aprovechamiento urbanístico que se propone, véase Las propuestas de dicho Plan de Protección sobre : de entornos visuales, zonas de protección, propuestas de entornos y grado de consolidación que se proponen, de manera que sería normalmente incompatible, salvo que se quiera que ocurra lo mismo que ha pasado con la TORRE PLACIA, para vergüenza de dicho Plan de protección y de las autoridades que lo consintieron.

El desarrollo de la ciudad no puede basarse en el agotamiento del suelo. Es fundamental el mantenimiento de los hábitats o biotopos urbanos, protegiéndolos parra mantener el equilibrio biológico necesario. Estos deberían ser los principios generales para el mantenimiento de una atmósfera fresca, liberada del monóxido de carbono y simultáneamente amortizar los altos niveles de ruidos generados por una intensa y elevada concentración de tráfico rodado.

En otras ciudades europeas se están potenciando zonas verdes a base de recuperar suelo urbano antes construido, de manera que además de oxigenar se evita la alta concentración edificatoria.

Entendemos que el Ayuntamiento debe exigir y propiciar el mantenimiento de los ecosistemas y respecto por lo medio ambiental. Está bien de hablar de medio ambiente, pero estas son las ocasiones donde una política medioambiental real debe demostrarse poniéndola en práctica no consintiendo tales practicas de urbanismo. Es evidente desde el punto de vista medioambiental, que la aprobación de este PGOU, donde lo que se busca es la especulación urbanística, acabará machacando e pulmón verde que representa la Huerta, no olvidemos que los árboles, pocos o muchos liberan oxígeno y se alimentan de dióxido de carbono o si se quiere liberando de edificación que supone lo poco que queda de la Huerta. Considérese el daño hecho ya en la zona de la Huerta y evítese que siga este.

Todo lo que se haga en la zona de la Huerta repercutirá en Alicante, como ya está ocurriendo, convirtiéndose en un espacio urbano , inhabitable, como la ciudad. Véase la Avd. Miriam Blasco y sus aledaños y lo que es ya el PAU-4 ya edificado.

Evidentemente la propuesta del PGOU respecto a la Pda. De la Condomina es una agresión flagrante al medioambiente. La Administración debe cumplir, el artº 45 de la Constitución “los poderes públicos velarán por la utilización racional de los recursos naturales…” …”Los poderes públicos tratarán de defender el medio ambiente apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva”. La Huerta es un recurso natural de indudable valía y es deber de las autoridades que no se destruya.

Por todo ello proponemos que la mayoría de los terrenos de los sectores UZO-1, UZO-2 y UZO-3 mantengan su actual clasificación de suelo no urbanizable y se integren en el ámbito del Parque Cultural que diversos colectivos han propuesto para el ámbito no urbanizado de La Condomina. Consideramos que la figura de parque cultural, contemplada en la ley valenciana de patrimonio cultural, es el instrumento legal más adecuado para preservar los valores culturales y ambientales que aún subsisten en el último reducto de la Huerta de Alicante.

SEXTA. Trato discriminatorio a las partidas rurales.

Según opinión de numerosos vecinos, de la que nos hacemos eco en estas alegaciones, tanto por solidaridad como por convencimiento, Partidas rurales del municipio de Alicante, como Bacarot, Rebolledo, Fontcalent, se convierten en territorio por conquistar, es decir, un espacio de reserva para futuros planes generales, olvidando que en esos lugares ahora mismo viven vecinos de Alicante que carecen de servicios necesarios. El PGOU debería, en primer lugar, dotar de medios e infraestructuras a dichos núcleos de población, inexistentes en este momento (sanidad, asfaltado de caminos, transporte público, adecuación de carreteras, cultura, esparcimiento, deporte, comunicaciones etc.) . Este espacio de terreno, por su normativa, es fácil de comprar por los mismos de siempre y por lo tanto empiezan a reservar suelo para controlar el futuro crecimiento de Alicante. Al mismo tiempo y como muestra de esa política de reserva futura de espacio, el PGOU pretende retranquear el trazado original del AVE a su paso por Bacarot.

Las partidas y sus vecinos quieren crecer de una manera ordenada, de dentro hacia fuera y no perder su identidad como zona rural, además que Alicante tampoco debe renunciar a sus partidas ya que estas han sido y son las garantes de un espacio verde y de un pulmón para la ciudad, sin que esto ponga en cuestión el concepto de ciudad compacta que compartimos, sino como expresión de una relación equilibrada entre la ciudad y el campo.

Como la corporación municipal no se ha preocupado jamás de crear espacios ex profeso para ciertas actividades, ha utilizado históricamente a las partidas como lugar donde relegar todo aquello que molesta a la ciudad (Protectora de animales, Campsa, Depósito de Vehículos, Depuradora, Vertedero, etc) cuando en realidad se podría habilitar un polígono de industrias no contaminantes que diera cabida a todos esos servicios y que además facilitaría a los ciudadanos su localización.

En definitiva las partidas rurales reclaman un crecimiento ordenado desde sus núcleos, una dotación de servicios e infraestructuras a nivel de cualquier ciudadano, un corredor verde entre las mismas y que comunique con el futuro corredor verde de la ciudad, servicio de transportes públicos entre las mismas, dotaciones culturales y deportivas descentralizadas, respeto al medio ambiente y a la poca agricultura que queda (la huerta de Alicante no solo está hacia el Norte).

Respecto a los recursos hídricos, las partidas quieren aportar su experiencia de siglos y reclaman al Ayuntamiento una normativa que obligue a las nuevas construcciones unifamiliares a instalar depósitos donde se pueda recoger el agua de lluvia caída durante el año y poder usarla para consumo humano, jardines, piscinas, etc. Tal y como se ha hecho siempre en las casas del campo (aljups, pozos y albercas), esto representaría un ahorro de agua del 25 al 50% del consumo medio de una familia.

Por último reclaman que los espacios verdes que aparecen en el proyecto de PGOU y que están en dichas partidas, no den como resultado que se destrocen ciertos espacios naturales muy sensibles ante la presencia humana y que se preserven con medidas que prohíban la caza, la explotación agrícola poco respetuosa (intensiva, invernaderos), el paso de vehículos, etc. Medidas que podrían aplicarse por parte de los propios vecinos de las partidas al ser estos los más conocedores del terreno y al mismo tiempo la creación de puestos de trabajo. Aunque a muchos les parezca mentira, sin salir del término municipal de Alicante podemos encontrar especies animales y vegetales de incalculable valor y a tan solo 6 Km del centro. (zorros, gatos monteses, tejones, comadrejas, liebres, conejos, lirones, erizos, múltiples especies protegidas de reptiles, aves como águila perdicera, águila real,búho real, búho chico, mochuelo, cernícalo etc. Especies vegetales ya desaparecidas en otros lugares. Por otro lado en ciertos lugares se esconden yacimientos fósiles fáciles de esquilmar.


SÉPTIMA. Incongruencias en el catálogo de bienes protegidos.

Es positivo que se realice una catalogación de bienes de distinta protección que conforman nuestro patrimonio y que ello este incluido en el citado plan. Sin embargo los 69 BIC, los 17 BRL, los 60 PI, los 58 PP y los 289 PA que suman un total de 494 edificios y espacios construidos a lo largo de nuestra historia constituyen un listado en el que no se ven claros los criterios por los cuales se seleccionan unos y otros no, se les da la máxima protección a unos y no a otros. Algunos ejemplos:

Los BIC, considerados de máxima protección:
¿El hotel Palas es un bic de antes de su casi desaparición o del totalmente remodelado? Si es el antiguo se le ha tratado como protección ambiental. ¿Qué criterios se han seguido para proteger con esta calificación al Palas y no al antiguo Hotel Carlton, hoy residencia de militares?

Los BRL (bienes de relevancia local): llama mucho la atención que la Iglesia de Santa Maria o la Santa Faz, no sean Bic ¿que les hace diferentes de San Nicolás, por ejemplo? Según la definición legal de BRL son “aquellos inmuebles que no reuniendo los valores a los que se refiere el articulo1º de la ley en grado tan singular que justifique su declaración como BIC, tienen no obstante significación propia como bien de carácter histórico-artístico”. ¿Qué valores son los que no reúne Santa Maria o la Santa Faz?

Los PI (protección integral) : hay muchos que deberían de tener una mayor protección. Llama la atención la consideración del Monumento a los Caídos de la Vega Baja (en estado lamentable y sin entrar en otras cuestiones), frente a los Depósitos CAMPSA, auténtica joya de arqueología industrial de la Refinería La Británica en la Cantera, auténtico espacio de oportunidad para la ciudad y desconocido como patrimonio alicantino.

Los PP (protección parcial): Aquí el problema es mayor porque hay un conjunto de edificios realmente interesantes y su protección creo que es escasa, desde la Estación de Autobuses, las escuelas de Campoamor, otra “joyita de arquitectura pública de la República, la Casa de las Brujas, el edificio de Correos, la casa Esquerdo, la casa de Socorro, el cine Ideal entre otros. En este apartado se protege al colegio Jesuitas, y no aparece ni Teresianas ni el IES Jorge Juan.

Los PA (protección ambiental): Ocurre exactamente lo mismo, sólo que aquí el listado sube a 289 espacios, incluye numerosos edificios de uso residencial de la zona centro y ensanche (desde la zona de Alfonso El Sabio a Benito Pérez Galdós, y Castillo de San Fernando). De uno los inmuebles que se citan se desconocen los criterios que se han seguido para su catalogación, estoy casi convencida que alguno de ellos tendrían que obtener un grado mayor de protección. En él figuran desde el antiguo cuartel de la Guardia Civil (que tiene también su historia) pasando por la Torre Provincial, La Sede de la UA, la Misericordia, , etc.

Está claro que el tema de patrimonio es uno de los ejes principales que están o deberían estar en el modelo de ciudad , sin embargo hay muchos aspectos que la protección dentro del PGOU no toca, como la arquitectura más contemporánea que se ha realizado y los espacios generados por ella, no todo es negativo y mediocre, sí desconocido y, por tanto, no valorado porque hay una tendencia a pensar que lo antiguo es patrimonio y lo nuevo no, y cuando se califica de “viejo” a lo antiguo o cuando a arquitectura de gran valor por lo que representa a nivel de patrimonio incluso nacional se le tacha simplemente de “viejo”, es realmente lamentable.

En este sentido, hace unos meses, el CTAA publicó un mapa guía de la Arquitectura de Alicante donde se recogen un número importante de edificios y espacios que abarcan nuestra historia incluida la reciente y que no están en la citada protección.

Las contradicciones son numerosas ¿tiene sentido que el jardín del Banco de España que no vemos ni disfrutamos, que hace poco ha perdido espacio porque se ha construido algo en él, tenga protección ambiental y el Parque de Canalejas no figure en ningún lugar?

En lo que concierne al patrimonio alicantino hay muchísimo trabajo a realizar para ponerlo en conocimiento de la ciudadanía, lo que significa ponerlo en valor. Sin entrar en la discusión de si es modesto o no en comparación con otras ciudades se debe destacar que es nuestro patrimonio con sus particularidades. En definitiva, son los rasgos que nos definen. Quizá el principal problema sea el desconocimiento de la ciudadanía. En este sentido el PGOU se queda corto en sus aspiraciones patrimoniales no es nada atrevido, deja al margen otros “lugares” otros “hitos” de nuestros barrios que son ciudad, que son espacios compartidos, percibidos y vividos y por tanto referentes imprescindibles para la ciudadanía.

OCTAVA. Cuestiones sobre el ruido
Las Normas Urbanísticas (art. 61 n) propuestas en la revisión establecen que los nuevos sectores urbanizables y los urbanos de planeamiento diferido a PRI puedan soportar niveles de ruido superiores a 65 decibelios (dB,), siendo el límite legal 55 dB diurnos y 45 dB nocturnos, infringiendo la Ley 7/2002, de la Generalitat Valenciana, de protección contra la contaminación acústica, que establece unos límites máximos de contaminación para el ruido diurno en los sectores residenciales de 55 dB y para el ruido nocturno de 45 dB., y la propia Ordenanza municipal de protección contra el ruido, mas restrictiva.
NOVENA. Soterramiento litoral frente a la Explanada.


La propuesta contenida en el nuevo PGOU para ordenar el frente litoral segrega la Explanada de la lámina de agua de la dársena del Puerto (UBO 2.2), al plantearse una diferencia de cota de 1,80 metros aproximadamente con la rasante del nuevo paseo marítimo que surgiría sobre el soterramiento de la antigua N-332 , lo qu resulta completamente inaceptable.

La segregación entre Explanada sería una consecuencia de la propuesta de soterrar la antigua N-332. Tal propuesta no es ni deseable ni realista, por su desmesurado coste, como por mantener el paso del tráfico privado por el centro de la ciudad, que debería ser desviado en beneficio del transporte público, los servicios y el tráfico estrictamente residencial o de actividades situadas en la zona, lo que limitaría además la contaminación acústica y atmosférica.

Se propone por tanto la eliminación de esta propuesta de soterramiento.

DÉCIMA. Las zonas húmedas: rechazamos que el nuevo PGOU reclasifique como urbanizables en el denominado sector UZO-13 al menos medio millón de metros cuadrados del perímetro de protección del Saladar de Agua Amarga, en clara discordancia con la calificación como suelo no urbanizable protegido o común que el vigente PGOU de Elche otorga a los terrenos colindantes.

Igualmente rechazamos el nuevo vial que desde la N-332 bordearía por el sur el sector UZO-13. Proponemos que se desmantele la actual N-332 en el marco de una amplia reordenación viaria del entorno del Saladar de Agua Amarga.

Proponemos que se recupere la propuesta de Lluís Cantallops para proteger conjuntamente el Saladar de Agua Amarga y el perímetro de protección definido en el Catálogo de Zonas Húmedas de la Comunidad Valenciana, añadiendo la zona terrestre del litoral de Calabarda .

Rechazamos frontalmente la propuesta incluida en el nuevo PGOU de reclasificar, como suelo urbanizable de uso terciario e industrial, 590.000 metros cuadrados actualmente no urbanizables situados junto al Saladar de Agua Amarga. Para ello se define un sector denominado UZO-13 (sector “El Saladar”), con una extensión de 590.483 metros cuadrados dispuestos entre el Saladar y el trazado de ferrocarril Alicante - Elche, en los que podrían construirse edificios de uso terciario (oficinas, hoteles, comercios) e industriales con una altura máxima de 4 plantas. El nuevo sector propuesto supondría extender las zonas ya urbanizadas en el ámbito del Plan Especial de la Ciudad de la Luz hasta los mismos límites del Saladar.

De esos 590.483 metros cuadrados, al menos 500.000 forman parte del perímetro de protección o cuenca de afección aprobada por la Generalitat en el año 2002 en el Catálogo de Zonas Húmedas de la Comunidad Valenciana en torno a la zona húmeda catalogada del Saladar de Agua Amarga. Consideramos que la urbanización de estos terrenos, situados en el entorno inmediato del humedal, supondría un impacto ambiental y paisajístico brutal sobre el Saladar de Agua Amarga, por lo que nos oponemos a la reclasificación del sector denominado UZO-13 y proponemos tanto que los terrenos afectados mantengan su actual clasificación como no urbanizables como que la mayor parte de ellos se protejan junto al Saladar de Agua Amarga, tal y como propuso el anterior equipo redactor del PGOU, dirigido por el arquitecto Lluís Cantallops, en su propuesta de avance de planeamiento. Esa propuesta de protección debe ampliarse con la zona terrestre del litoral de Calabarda definida entre la Cala de los Borrachos, los espigones de los antiguos astilleros de Agua Amarga, la carretera de Urbanova y la N-332. Parte de esa zona terrestre del litoral de Calabarda forma parte del perímetro de protección de la zona húmeda catalogada del Saladar de Agua Amarga.

También queremos señalar la discordancia entre la calificación del suelo propuesta por el vigente PGOU de Elche para los terrenos colindantes con el sector UZO-13 (suelos con claves 64 – Suelo no urbanizable protegido de zonas húmedas, cauces y barrancos y 51 –Suelo no urbanizable común general) y la calificación pretendida para el sector UZO-13, suelo urbanizable de uso terciario e industrial. Dicha discordancia debe resolverse en beneficio de la protección del Saladar de Agua Amarga y su cuenca de afección de modo que se deseche la reclasificación de suelo propuesta por el nuevo PGOU en el ámbito del denominado sector UZO-13.


Además se pretende disponer un nuevo macrovial bordeando por el sur el sector UZO-13, entre la N-332 (en donde se dispondría una gran rotonda) y el límite con el vecino término municipal de Elche, enlazando ya en término de Elche con un vial que conectaría con el enlace de la N-332 que da acceso al aeropuerto. Ese nuevo macrovial discurre en su integridad por el interior del perímetro de protección del Saladar de Agua Amarga, conectando ya en término de Elche con otro vial que incomprensiblemente se ha trazado atravesando la propia zona húmeda catalogada del Saladar de Agua Amarga. Por ello rechazamos el nuevo macrovial proyectado en término de Alicante para dar acceso al sector UZO-13 y solicitamos que el Ayuntamiento inste a la Consellería competente a que el trazado del nuevo vial previsto en término de Elche para conectar con el enlace al aeropuerto de la N-332 no atraviese ni el Saladar de Agua Amarga ni su perímetro de protección.

Por otro lado, consideramos fundamental que el nuevo PGOU proponga el desmantelamiento del trazado de la actual N-332 a su paso por el Saladar de Agua Amarga por su negativo impacto ambiental (contaminación acústica y atmosférica, atropello de fauna protegida: el Saladar es hábitat de nidificación comprobada de una especie de ave en peligro de extinción en la Unión Europea, la Cerceta pardilla Marmaronetta angustirostris) y paisajístico, teniendo en cuenta que la alternativa en un futuro a ese vial en la parte sur del término municipal de Alicante va a ser el nuevo vial que atravesando en túnel la sierra de Colmenares procedente de la partida de Bacarot se dirige, ya en término de Elche, hacia el enlace de acceso al aeropuerto (ya hemos propuesto anteriormente que ese vial no afecte ni al Saladar ni a su perímetro de protección).

Se trataría de reordenar el sistema viario situado en el Saladar de Agua Amarga y su entorno, que podría incluso contemplar la supresión del acceso actual a Urbanova y sustituirlo por un nuevo vial que desde el entorno de El Altet diera acceso al vial que une Urbanova y Arenales del Sol, liberando de ese modo al principal espacio costero de interés natural del término de Alicante, si excluimos la isla de Tabarca (en él se encuentra el único conjunto dunar que se conserva en el término municipal y su principal zona húmeda) de un vial que se interpone entre las dunas y el Saladar de Agua Amarga, trazando sobre la plataforma de la actual carretera un paseo peatonal blando y un carril bici. Ello implicaría abandonar el proyecto municipal de paseo “duro” que el Ayuntamiento pretende construir sobre el sistema dunar de Agua Amarga entre Calabarda y Urbanova, un proyecto que rechazamos por su negativo impacto sobre dicho sistema dunar.

Queremos volver a insistir en que la propuesta del nuevo PGOU, en lo que se refiere al Saladar de Agua Amarga (la principal zona húmeda del término municipal de Alicante), supone reducir de forma significativa (casi en un 30%) la protección que se proponía en el avance de planeamiento elaborado por el anterior equipo redactor del PGOU. En efecto, la documentación del concierto previo elaborada en el año 2002 proponía incluir la inmensa mayoría de los terrenos que ahora se pretenden clasificar como urbanizables dentro de un paraje protegido que incluía tanto el propio Saladar como gran parte de la banda de terrenos dispuesta entre el Saladar y el trazado ferroviario Alicante - Elche, abarcando en total cerca de 2 millones de metros cuadrados. En cambio, el nuevo PGOU define una zona protegida de 1,46 millones de metros cuadrados. Por ello consideramos que el nuevo PGOU supone un evidente retroceso en lo que se refiere a la protección del Saladar de Agua Amarga respecto a la propuesta de planeamiento elaborada por Lluís Cantallops.

Por último, señalar la falta de rigor del equipo redactor del nuevo PGOU cuando en la ficha de planeamiento y gestión del sector UZO-13 se dice que las aguas pluviales se dirigirán al encauzamiento del barranco de Orgegia y que las aguas residuales se impulsarán hacia la EDAR de Monte Orgegia, un barranco y una depuradora situados en el otro extremo del término municipal.


DÉCIMO PRIMERA. Falta de perspectiva de género.

Además de los estudios que acompañan a la revisión del PGOU, y de los que faltan cuya ausencia se ha señalado, son necesarios otros estudios que inciden directamente sobre la calidad de vida ciudadana en la que el PGOU es determinante, como los estudios sobre accesibilidad universal y no discriminación y la evaluación de impacto de género. La reciente Ley de igualdad efectiva de mujeres y hombres contiene algunas exigencias al respecto que han sido totalmente obviadas. Así, se ignora por completo que la transversalidad del principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres ha de informar la actuación de todos los poderes públicos y que las administraciones públicas han de integrarlo de forma activa en todas sus actuaciones (art. 15). Y también que las políticas urbanas y de ordenación territorial han de tomar en consideración las necesidades de los distintos grupos sociales y de los diversos tipos de estructuras familiares y favorecer el acceso en condiciones de igualdad a los distintos servicios e infraestructuras urbanas (art. 31.1). Y que en el diseño de la ciudad, en las políticas urbanas y en la definición y ejecución del planeamiento urbanístico las administraciones públicas (todas) han de tener en cuenta la perspectiva de género, utilizando para ello, especialmente, mecanismos e instrumentos que fomenten y favorezcan la participación ciudadana y la transparencia (art. 31.3). Sectores como el transporte, los espacios públicos y sus usos, los servicios de salud, educativos, etc. son especialmente sensibles al género y, por tanto, su planeamiento debería realizarse atendiendo a las necesidades de mujeres y hombres.

Ni el PGOU ni el Plan Rabassa cumplen lo preceptuado por la Ley de Igualdad que, respecto de esta materia concreta. La perspectiva de género, consiste en tomar en consideración y prestar atención a las diferencias entre mujeres y hombres en cualquier actividad o ámbito dados en una política. Tener en cuenta la perspectiva de género, por tanto, obliga a realizar la evaluación del impacto de género, es decir, a examinar las propuestas políticas para analizar si afectarán a las mujeres de forma diferente que a los hombres, al objeto de adaptarlas para neutralizar los efectos discriminatorios y fomentar la igualdad entre hombres y mujeres. Por lo que se refiere a las políticas urbanas, un ejemplo muy claro sería el de la iluminación de las calles. Una iluminación deficiente supone un riesgo para la seguridad de mujeres y hombres, pero no hay que pensar mucho para darse cuenta que el riesgo para las mujeres es mucho mayor, pues la oscuridad propicia que puedan ser objeto de agresiones sexuales (cosa poco frecuente para los hombres). Hay muchos ejemplos pero baste apuntar aquí, que sectores como el transporte, los espacios públicos y sus usos, los servicios de salud, educativos, etc. son especialmente sensibles al género y, por tanto, su planeamiento debería realizarse atendiendo a las necesidades de mujeres y hombres.


DÉCIMO SEGUNDA. Deficiencias en el estudio de sostenibilidad ambiental.

-No hay tratamiento de los posibles efectos del cambio climático (hipótesis de efecto invernadero) en el término municipal de Alicante, ni en la Memoria Justificativa ni en el documento de Informe de Sostenibilidad Ambiental

-El análisis de los factores climáticos incluido en el documento de Informe de Sostenibilidad Ambiental es muy simple y cae en los tópicos del análisis de elementos atmosféricos sin ningún tipo de aplicación práctica de ellos (págs 138 a 145).

-El apartado del clima local no aporta ningún dato sobre el clima urbano de Alicante (págs. 143-145).

-Es muy deficiente el capítulo dedicado al análisis de “Riesgos naturales y tecnológicos” ( págs. 168 a 174) en el Informe de Sostenibilidad Ambiental es muy deficiente. Se basa en datos que han quedado desfasados y adolece de carencias importantes en relación con el establecimiento de nuevas propuestas de ordenación territorial. Esto afecta tanto al tratamiento de los riesgos naturales que afectan al territorio alicantino, como de los riesgos tecnológicos en relación con las instalaciones de sustancias peligrosas que existen en el término municipal

-Lo más llamativo es la faltan de “mapas de riesgos” (atendiendo al art. 15 del R.D. L. 2/2008). Tan sólo se aportan los mapas de

-Vulnerabilidad a la contaminación de las aguas subterráneas (tomado del informe de la Generalitat Valenciana-Consellería de Medio Ambiente y Vivienda-antigua COPUT-)

-Riesgo de inundaciones (tomado del PATRICOVA). Este mapa ha quedado anticuado y requiere revisión mediante estudio de detalle de inundabilidad. Faltaría delimitar las nuevas zonas de encharcamiento, con ocasión de tormentas intensas, en el conjunto del término municipal de Alicante

-Riesgo de erosión actual (tomado del informe de la Generalitat Valenciana-Consellería de Medio Ambiente y Vivienda-antigua COPUT-)

-Riesgo de erosión potencial (tomado del informe de la Generalitat Valenciana-Consellería de Medio Ambiente y Vivienda-antigua COPUT-)

Faltaría incluir mapas de:

-Riesgo sísmico (microzonación sísmica)
-Riesgo (vulnerabilidad) frente a la sequía
-Riesgo de temporales de levante (con afección a franja litoral)
-Riesgo de deslizamientos y desprendimientos
-Riesgo frente a escapes de elementos inflamables (depósitos de gas y gasolinas)

-El “Estudio sobre recursos hídricos” tiene un tratamiento muy deficiente de los nuevos recursos de agua aportados por la desaladora de Agua Amarga, cuando se ha convertido en una pieza básica para el abastecimiento actual y futuro del municipio de Alicante (pág. 49). Sobre este nuevo recurso hídrico, además, gravita la futura expansión urbanística que pueda registrarse en el municipio alicantino.

-El estudio de las aguas depuradas y su potencial de uso futuro es muy deficiente (págs. 117 a 119). Este recurso no convencional debe cobrar un protagonismo destacado para usos recreativos que se desarrollen en el término municipal en las próximas décadas.

-En este mismo informe no se incluye una proyección de demandas futuras de agua en relación con el crecimiento demográfico estimado para el municipio de Alicante durante las próximas décadas (pág. 104).


DÉCIMO TERCERA. Adhesión a las alegaciones sobre Fontcalent suscrita por numerosos colectivos ciudadanos.

El nuevo Plan General (PGOU) de Alicante ha de contribuir a garantizar la adecuada protección de los valores ambientales, culturales y paisajísticos que concurren en el espacio configurado por la Sierra, el Saladar y las Lagunas de Fontcalent. Para ello solicitamos:
1. Que el PGOU otorgue mayor protección a la Sierra, al Saladar y a las Lagunas de Fontcalent. Proponemos que este ámbito sea objeto de un Plan Especial que proteja eficazmente sus valores naturales, culturales, geológicos y paisajísticos y que respete e integre ambiental y paisajísticamente las edificaciones consolidadas. Los terrenos de dicho ámbito no afectados por edificaciones consolidadas podrían calificarse como Parque Público Natural a fin de facilitar la gestión ambiental del paraje.
2. Que se elimine la nueva autovía A-30 prevista en el PGOU que atraviesa el Saladar y bordea la Sierra por su umbría, por su negativo impacto ambiental y paisajístico y por agravar el riesgo de inundación. Una autovía innecesaria al existir ya una autopista de peaje cercana, la AP-7, que cumpliría la misma función, por lo que solicitamos que se inste a la administración competente a liberar el peaje de la AP-7 entre los enlaces de la autovías de Alcoy y de Madrid.
3. Que el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del PGOU se complete con diversos elementos y espacios del ámbito de Fontcalent que incomprensiblemente han sido excluidos, como la fuente termal de Fontcalent, los depósitos del agua de La Alcoraya, o las cuevas del Humo, de las Palomas y de los Escondidos. Respecto a la fuente, exigimos que se reparen los daños causados por las obras del AVE y que se rehabilite su estructura y funcionalidad.
4. Rechazamos los nuevos suelos industriales situados junto a la Sierra y el Saladar y sobre las Lagunas de Fontcalent (sectores UZO-9, UZO 11 y parte del UZO 12), así como la nueva autovía A-20 que atraviesa los albardinales situados entre la Sierra de Fontcalent y la Serreta Llarga. Ha de protegerse un corredor que una Fontcalent con el barranco de las Ovejas, incluyendo el Saladar de La Serreta y la Vereda del Desierto y Barranco del Infierno, corredor por el que las aguas procedentes de Fontcalent discurren hacia el barranco de las Ovejas.
5. Que se inste a la Consellería de Medio Ambiente al deslinde y amojonamiento de la Vereda del Desierto y Barranco del Infierno, que con una anchura de 20,89 metros conecta la ciudad de Alicante con el Saladar y la Sierra de Fontcalent, atravesando el ámbito que proponemos ordenar mediante Plan Especial. La vereda debe calificarse en el nuevo PGOU como vía verde.
6. Que el PGOU contemple la clausura y la restauración ambiental de las canteras de la Sierra de Fontcalent, así como la reforestación de la Sierra con especies autóctonas.

DÉCIMO CUARTA. La relación de la Ciudad con el Puerto.
Las relaciones entre la ciudad de Alicante y su puerto siempre han sido agitadas, como por otra parte sucede en casi todas las ciudades portuarias. Históricamente el puerto ha hecho a la ciudad y esta, a su vez, ha impulsado a su puerto. Pero esta relación no siempre ha sido pacífica, pues, no han sido pocas las colisiones, unas veces motivadas por el choque de intereses entre ambos, y otras, por las contradicciones emanadas de unos órganos de gobierno que son diferentes en su constitución, competencias y objetivos. Hoy, el puerto de Alicante es sujeto también de importantes conflictos entre sus órganos de gobierno y diversos colectivos ciudadanos, lo que exige un pacto de amplio calado para la resolución de los mismos que tenga como resultado un desarrollo portuario equilibrado y socialmente apoyado.
El nuevo PGOU debería contribuir a la solución de estos conflictos, para ello se hacen las siguientes propuestas:
1.- Crear una Comisión Puerto-Ayuntamiento, con participación ciudadana, para definir de manera conjunta las zonas limítrofes entre ambas instituciones para darle un tratamiento urbano adecuado, eliminando de esta zona limítrofe aquellas actividades que por sus características sean incompatibles con la actividad ciudadana, consensuado por las dos partes y que quede recogido en los documentos que regulan el crecimiento tanto del puerto como de la ciudad, es decir Plan Especial del Puerto y Plan General de Alicante. Esto permitirá reducir las tensiones actuales entre puerto y ciudad y planificar sin sobresaltos y de manera ordenada el desarrollo de ambas instituciones.
2.- Convocar un concurso de ideas para desarrollar y tratar de manera adecuada el litoral sur de la ciudad frente al puerto y en conjunto toda la zona de la entrada sur de la ciudad, recogiendo las propuestas ganadoras en los documentos planificadores.
3.- Crear accesos peatonales directos mediante pasarelas u otros medios desde los barrios colindantes con el puerto hasta la dársena pesquera, potenciando el carácter lúdico de esa zona para esparcimiento de los ciudadanos y potenciando dicho entrono por su atractivo como emplazamiento para locales de restauración y otros relacionados con el mundo de la pesca y el mar, con el objetivo de romper barreras.
4.- Soterramiento total o parcial del tramo ferroviario que discurre paralelo a la línea costera entre el puerto y la ciudad para reducir el efecto barrera, proponiendo la creación de un paseo ajardinado con conexiones laterales que sirvan de puentes de unión con el puerto pesquero, y comienzo de un paseo litoral.
5.- Fijar un retranqueo suficiente en los terrenos portuarios a partir de la carretera de acceso a la ciudad, para crear una franja verde que sirva de delimitación vegetal entre la ciudad y la actividad portuaria.
6.- Eliminar la carretera 332 y confirmar el carácter urbano de la carretera nacional a su paso por esta parte de la ciudad y tratarla dentro de un plan de actuación global de esta zona, incluidos los accesos sur a la ciudad
7.- Desarrollo del puerto tierra adentro (puerto seco), dejando la franja marítimo-terrestre entre el parque del Palmeral y Urbanova en su estado natural como hito paisajístico, dándole algún grado de protección como paraje natural que impida actuaciones agresivas en este entorno dado su gran interés para la ciudad por ser su puerta de entrada más internacional. Rechazamos una posible ampliación del Puerto hacia Agua Amarga ocupando el LIC marino de Tabarca y eliminando la playa de San Gabriel."
8.- Incluir conexiones de tranvía de esta parte de la ciudad con el resto que ayuden a “coser” los barrios sur con el conjunto, según el objetivo de una ciudad compacta.
Naturalmente estas propuestas son contradictorias con la nueva ampliación que el Puerto de Alicante pretende desarrollar entre los barrancos de las Ovejas y de Agua Amarga para construir nuevos muelles en los que situar, entre otras instalaciones, una segunda terminal de contenedores, que ha sido denunciada por distintas Asociaciones Ecologistas con la adhesión de numerosas entidades ciudadanas, y ante la que reiteramos nuestro rechazo. El Plan de Utilización de Espacios Portuarios (PUEP) del Puerto de Alicante, aprobado por el Ministerio de Fomento en julio de 2006, ya delimita una zona de reserva para esa ampliación en un tramo de 1.600 metros de longitud coincidente con el tramo de costa existente entre la desembocaduras de ambos barrancos.De ese tramo de 1.600 metros, 1.100 corresponden al Lugar de Interés Comunitario (LIC) de Tabarca, con lo que de los casi 600.000 metros cuadrados de fondos marinos que se proponen ocupar con la nueva ampliación portuaria (320.000 de lámina de agua con un calado de 14 metros y 270.000 de explanada) al menos 400.000 metros cuadrados serían fondos marinos protegidos por el LIC de Tabarca, un espacio natural protegido por la Unión Europea fundamentalmente por los valores ambientales de sus fondos marinos.Nuestro rechazo a esta nueva ampliación se basa en su negativo impacto ambiental sobre el LIC de Tabarca, un impacto no evaluado hasta el momento de forma oficial, tanto por la destrucción y ocupación directa de más de 400.000 metros cuadrados de fondos marinos protegidos del LIC como por la degradación del entorno de la zona directamente ocupada, un entorno situado también dentro del LIC que se vería afectado por más que probables cambios en las dinámicas de corrientes litorales que podrían afectar a playas cercanas como las del Saladar, Urbanova, El Altet o Arenales del Sol, y por un aumento de la contaminación y de la turbidez de las aguas circundantes, afectando muy negativamente al borde litoral del LIC y a las praderas de Posidonia oceánica de sus fondos marinos.
Además, la nueva ampliación portuaria supondría eliminar de un plumazo la playa de San Gabriel y cerrar con una fachada industrial el borde marítimo del parque del Palmeral, con un impacto paisajístico y social muy negativo sobre esta zona del litoral vinculada a los barrios más cercanos al Puerto (San Gabriel, Gran Vía Sur,...). Por último, creemos que si la justificación de esta nueva ampliación es crear una nueva terminal de contenedores, esa terminal no tiene por qué ubicarse necesariamente junto a la costa, pudiendo ubicarse perfectamente en un puerto seco o área logística bien comunicada con el Puerto mediante tren, un puerto seco que podría ubicarse en la nueva zona industrial que el nuevo PGOU propone en torno a los polígonos de Las Atalayas y del Pla de la Vallonga o en la misma plataforma logística de 1,3 millones de metros cuadrados en tramitación por la Consellería de Infraestructuras cercana al Pla de la Vallonga.
DÉCIMO QUINTA Otras cuestiones.

La propuesta de revisión del PGOU genera numerosas cuestiones que exigen ser resueltas, por ejemplo:

- Desconexión con el planeamiento de los municipios colindantes. El propio documento reconoce la ausencia de una necesaria planificación supramunicipal, como el “desaparecido” PATEMAE, u otra, pero ello no puede eximir del necesario examen del planeamiento, también en revisión, de San Vicente, San Juan, Mutxamel o Campello, o la necesaria coordinación con el resto de municipios limítrofes, especialmente el de Elche, dadas las numerosas relaciones de todo tipo en lo que de facto es un área metropolitana, que requiere una intensa coordinación que brilla por su ausencia.

- Mantener la vigencia del artículo 95 de las normas urbanísticas del vigente PGOU sobre limitación de nuevas grandes superficies comerciales y establecer normas que defiendan al pequeño comercio.

- El cambio del trazado del AVE por el Plan General sin la previa negociación con el Ministerio de Fomento, aparte de los evidentes errores que contiene, anuncia nuevos e innecesarios conflictos –y retrasos- respecto a esta importante infraestructura, así como descubre intenciones urbanizadoras no declaradas explícitamente en el PGOU respecto a la zona de Bacarot.

- Movilidad: No se planifica el TRAM, ni se tiene suficientemente en cuenta el transporte público, supeditando la movilidad básicamente al vehículo privado, contradiciendo con ello las políticas declaradas sobre sostenibilidad o ahorro energético y el ejemplo de otras ciudades equiparables, incluso dentro del Estado.

- En el Plan no aparece el destino de la dotación de la red primaria de área universitaria del sector Torres de la Huerta: ¿para que universidad es?.

- Redacción del Plan en valenciano en cumplimiento de la Ley de uso y enseñanza del valenciano.

- Serra Grossa: la protección de este hito emblemático de la ciudad exige la supresión del vial de prolongación de la calle Teresa de Calcuta, cuya apertura se suspendió ante las protestas vecinales y la disminución de alturas previstas en el sector Centro de Congresos (UBO-6), ya que no es aceptable que los edificios puedan superar en 20 metros (6 alturas) la de la Serra Grossa.

- Respeto a la Ley de Costas en Tabarca respecto a los bungalows que invaden la servidumbre de protección. ¿Qué pasa con el Plan Especial?.

- Olvido de los barrios de la zona norte, -aparte de definir nuevos suelos residenciales hacia Villafranqueza, en concreto los sectores UZO-4 (Panteón de Guijarro), UZO-5 (Barítono Paco Latorre) y UZA-6 (Calle Trento), en los que podrían edificarse más de 5.500 nuevas viviendas- que no se incluyen en ninguna ficha de planeamiento para actuaciones de mejoras como en otros barrios, por lo que se propone incluir, al menos, las propuestas del proyecto URBAN 2007-2013, como dotar a la zona de un cuartel de la policía local, crear un nuevo mercado municipal junto al CP Nª Sª de La Paz que sustituiría a las galerías comerciales de Plaza de Argel y Virgen del Remedio, implantar huertos urbanos, un polideportivo en la Vía Parque o el programa para rehabilitar 10.000 viviendas, además de otras dotaciones reclamadas por los vecinos de la zona.

- Incluir un catálogo de árboles monumentales y singulares para su aprobación por la Generalitat de acuerdo con la Ley Valenciana 4/2006, de 19 de Mayo, de Patrimonio arbóreo y monumental, siguiendo el camino marcado por la reivindicación del Ficus de Benalúa.

- Reservar un espacio para el monumento conmemorativo del Campo de los Almendros, donde se recluyó a los republicanos apresados en el Puerto al final de la guerra civil, en la zona aledaña a La Goteta.

Por todo ello,

SOLICITAN AL AYUNTAMIENTO que, tenga por presentadas las anteriores alegaciones a la revisión del Plan General y las tome en consideración antes de la aprobación provisional, promoviendo un auténtico proceso de participación pública.
Alicante, 14 de Enero de 2009.

ALEGACIONES CONTRA EL PGOU

Queridos amigos y amigas:

aqui os presentamos un documento para presentar alegaciones para el PGOU que ha confeccionado la PIC.

Imprimirlo y rellenarlo para presentarlo al Ayuntamiento de Alicante.

Gracias